Trazando el futuro humanitario: Acuerdo internacional entre el Ministerio del Interior y ACNUR en Madrid

Foto de Kampus Production

El Ministerio del Interior de España y la Oficina en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) han suscrito un relevante Acuerdo Internacional Administrativo con el fin de fortalecer la cooperación en el ámbito de la protección internacional de refugiados y personas desplazadas.

ANTECEDENTES:

  • El Ministerio del Interior es responsable de la instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de protección internacional y del régimen de asilo, de acuerdo con la Ley 12/2009 y la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.

  • El ACNUR es un organismo especializado de las Naciones Unidas que promueve acuerdos con gobiernos para mejorar la situación de los refugiados, en línea con la Convención de Ginebra y su Protocolo, ambos ratificados por España.

  • La cooperación entre España y ACNUR se estableció en un Acuerdo Marco de Cooperación en 2002.

CLÁUSULAS DEL ACUERDO:

El presente acuerdo se rige por las siguientes cláusulas:

Primera – Objeto: El acuerdo tiene como objetivo garantizar la colaboración entre ambas instituciones para la participación del ACNUR en el procedimiento de reconocimiento de la protección internacional de acuerdo con la Ley 12/2009.

Segunda – Naturaleza jurídica: El acuerdo se enmarca dentro de la Ley 25/2014 de Tratados y Acuerdos Internacionales, cumpliendo con los límites y requisitos establecidos.

Tercera – Compromisos del ACNUR: La Oficina del ACNUR en España dispondrá de personal especializado y una consultoría para mejorar el acceso y calidad del procedimiento de asilo.

Cuarta – Compromisos del Ministerio del Interior: El Ministerio financiará la participación del ACNUR en el procedimiento, incluyendo personal especializado y una consultoría.

Quinta – Financiación: El Ministerio aportará 290.850 euros para el ejercicio 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.131P.490.

Sexta – Justificación del gasto: El ACNUR presentará una memoria de evaluación y justificación de gastos en el primer trimestre de 2024.

Séptima – Comisión de Seguimiento: Se creará una Comisión para el seguimiento del acuerdo, siguiendo las normas establecidas para órganos colegiados.

Octava – Vigencia: El acuerdo entra en vigor en la fecha de su firma y abarca el ejercicio 2023.

Novena – Resolución por incumplimiento: El incumplimiento de obligaciones esenciales por alguna de las partes será motivo de resolución.

Décima – Régimen jurídico: El acuerdo se regirá por sus propias disposiciones y el Acuerdo Marco de Cooperación de 2002, así como por el Derecho Internacional.

Undécima – Solución de controversias: Las discrepancias se resolverán según lo dispuesto en el Acuerdo Marco de Cooperación.

Este acuerdo internacional administrativo refuerza la colaboración entre el Ministerio del Interior de España y el ACNUR en la protección internacional de refugiados, promoviendo una respuesta conjunta ante los desafíos humanitarios y respetando los principios fundamentales de la Convención de Ginebra de 1951. Su entrada en vigor marca un importante paso en el compromiso de España con la protección de personas refugiadas y desplazadas.

Referencia: BOE-A-2023-20791

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