¡Atención a todas las personas trabajadoras y empleadores! En cumplimiento del mandato establecido en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, se ha promulgado un Real Decreto que fija las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
Este nuevo salario mínimo representa un incremento del cinco por ciento con respecto al establecido para 2023, reflejando el compromiso del Gobierno con la equidad y el bienestar de las personas trabajadoras.
Para cualquier actividad en la agricultura, industria y servicios, el salario mínimo se establece en 37,8 euros al día o 1.134 euros al mes, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores.
Además, se garantizan las condiciones para las personas trabajadoras eventuales, temporeras y empleadas de hogar, asegurando que sus remuneraciones sean justas y dignas.
Es importante destacar que estas nuevas cuantías son el resultado de un exhaustivo análisis de diversos factores contemplados en el Estatuto de los Trabajadores y responden al compromiso de alcanzar el 60 por ciento del salario medio en 2023.
Esta actualización no solo beneficia a las personas trabajadoras, sino que también contribuye al crecimiento económico sostenido, promoviendo la igualdad de género y la cohesión social, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
El Real Decreto cumple con los principios de buena regulación y transparencia, y entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo efectos durante todo el año 2024. Si tienes alguna pregunta o necesitas más información también puedes ponerte en contacto con nosotros.
Referencia: BOE-A-2024-2251
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