El Tribunal Supremo declara nulo el artículo que extinguía la autorización de residencia temporal por ausencias de más de seis meses

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en el recurso de casación número 1843/2022 contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Girona, fechada el 18 de noviembre de 2019. En esta sentencia, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo dictaminó lo siguiente:

  1. La respuesta a la cuestión casacional suscitada es la reseñada en el último párrafo del fundamento sexto.
  2. Ha lugar al presente recurso de casación 1843/2022 interpuesto por doña Ascensión contra la sentencia 3913/2021, de 30 de septiembre, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
  3. Se declara nula y sin valor ni efecto alguno la mencionada sentencia.
  4. Se declara nulo el artículo 162-2.º-e) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  5. Se estima el recurso de apelación 403/2020 del Tribunal de instancia, interpuesto por la mencionada recurrente, contra la sentencia 88/2020, de 30 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de los de Gerona.
  6. No procede hacer concreta imposición de las costas de este recurso de casación ni de las ocasionadas en las dos instancias previas.
  7. Se ordena la publicación del fallo de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

¿Qué significa esto?

  • El artículo anulado establecía que la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena se extinguía si la persona extranjera permanecía fuera de España durante más de seis meses en un periodo de un año.
  • Esta medida era considerada discriminatoria por muchos juristas, ya que limitaba el derecho fundamental de libre circulación de los ciudadanos extranjeros con residencia temporal en España.
  • La sentencia del Tribunal Supremo es firme y no cabe recurso contra la misma.

¿Qué consecuencias tiene la sentencia?

  • Las personas que tengan una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena no podrán perderla por haber permanecido fuera de España durante más de seis meses en un periodo de un año.
  • Las personas que tengan una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que haya sido extinguida por este motivo podrán solicitar su reanudación.
  • Esta sentencia es un paso importante para la protección de los derechos de los ciudadanos extranjeros en España.

En conclusión, esta sentencia del Tribunal Supremo tiene implicaciones importantes para los derechos de los extranjeros en España y su estatus legal. La anulación de la resolución de autorización de residencia y trabajo representa un cambio significativo para la recurrente y otros en situaciones similares. Si tienes alguna pregunta o necesitas más información puedes ponerte en contacto con nosotros. 

Referencia: BOE-A-2024-4142

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