La Orden ECM/57/2024, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 31 de enero de 2024, establece los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores en España. Esta orden tiene como objetivo mejorar la calidad y comparabilidad internacional de las estadísticas, reducir la carga administrativa de los inversores y adaptar las estadísticas al estándar de la OCDE.
El Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, introdujo cambios significativos en el régimen de declaración de inversiones exteriores en España. La Orden ECM/57/2024 regula los procedimientos para la declaración de inversiones extranjeras y españolas en el exterior, así como las desinversiones y las memorias anuales.
La orden establece que las operaciones de inversión extranjera deben declararse al Registro de Inversiones en el plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de realización de la inversión. Para la declaración de las operaciones, se utilizará el modelo D-1A. En el caso de las desinversiones, se utilizará el modelo D-1B. Además, se especifica que cada titular podrá cumplimentar un solo modelo D-1B por cada operación de desinversión referida a varios modelos de inversión en una misma empresa española.
La mejora de las estadísticas de inversiones exteriores es fundamental para la toma de decisiones en la internacionalización de la economía española. La información recopilada a través de estas declaraciones permite a las autoridades económicas y financieras conocer la evolución de las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior. Esto es especialmente importante para la identificación de oportunidades de inversión y la promoción de la internacionalización de las empresas españolas.
Para más información sobre la Orden ECM/57/2024, puede consultar el Boletín Oficial del Estado o si tienes alguna pregunta o necesitas más información también puedes ponerte en contacto con nosotros.
Referencia: BOE-A-2024-1774
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